Resolución de 16 de noviembre de 2020, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convocan subvenciones para la contratación de servicios de acceso de banda ancha fija de alta velocidad a 30 Mbits por segundo (BOE Núm. 326 Martes 15 de diciembre de 2020).

Las presentes condiciones tienen por objeto la regulación del procedimiento de la concesión directa de ayudas destinadas para la contratación de servicios de acceso de banda ancha fija, independientemente de la tecnología utilizada, a una velocidad mínima de transmisión de datos en sentido descendente de 30 Mbits por segundo.

Podrán obtener la condición de beneficiarios los sujetos y entidades identificadas en el artículo 5 del Real Decreto 898/2017, de 6 de octubre:

e) Ayuntamientos con población igual o inferior a 5.000 habitantes censados en su último padrón para que puedan disponer de servicios de acceso de banda ancha fija de alta velocidad en dependencias en que se presten servicios municipales tales como casa consistorial, bibliotecas públicas, centros deportivos, parque de bomberos, policía municipal o edificios de gestores de servicios municipales. Los servicios de banda ancha previstos en este epígrafe deberán destinarse a los propios servicios municipales o a los usuarios de dichos servicios y en ningún caso podrán destinarse a facilitar acceso de banda ancha al público en general o la prestación de servicios a terceros.

El plazo para la presentación de solicitudes de ayuda para esta convocatoria comenzará el día 1 de enero de 2021 y finalizará el 31 de diciembre de 2021, o hasta que se agoten las disponibilidades presupuestarias de esta convocatoria.

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