Convocatoria de subvenciones que contribuyen a la financiación de compra de vehículos eléctricos e híbridos enchufables como turismos, furgonetas o motos, así como la adquisición e instalación de infraestructuras de recarga de acceso público y de uso privado.  Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.

El objeto de la convocatoria es conceder subvenciones que contribuyan financiar la compra de vehículos eléctricos e híbridos enchufables como turismos, furgonetas o motos, así como la adquisición e instalación de infraestructuras de recarga de acceso público y de uso privado.

Plazo desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 

Beneficiarios

personas físicas que desarrollen actividades económicas, personas físicas mayores de edad y personas con discapacidad no incluidas en el apartado anterior. Las comunidades de propietarios. Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, así como las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V, así como las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas, siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado.

 Presupuesto: 400.000.000 €.

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Bases Reguladoras

Convocatoria 2025

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