La Comisión Europea ha aprobado, con arreglo a las normas de ayudas estatales de la UE y en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, un régimen español de subvenciones dotado con 30 millones de euros para apoyar la puesta en marcha de bonos sociales de conectividad dirigidos a la población económicamente vulnerable.
El objetivo del plan aprobado es ayudar a los consumidores individuales o a los hogares que tienen dificultades económicas a adquirir nuevas o mejores suscripciones a servicios de acceso a Internet de banda ancha con velocidades de descarga de al menos 30 Mbps.
Este apoyo se materializará en bonos sociales otorgados a los usuarios finales de manera mensual por un importe anual total de 240 euros por beneficiario. Este régimen de ayudas estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Evaluación del régimen de ayudas español
La Comisión Europea ha evaluado el plan español de subvenciones con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE y, en particular, al Tratado de Funcionamiento que permite a los Estados miembros otorgar subvenciones de carácter social a los consumidores individuales, siempre que se concedan sin discriminación relacionada con el origen de los productos en cuestión.
Así, ha concluido que no es discriminatorio, pues cualquier proveedor de telecomunicaciones capaz de suministrar servicios de Internet de banda ancha a la velocidad requerida podrá ofrecerlos a los beneficiarios. Además, considera que es una medida proporcionada y adecuada para reducir la brecha digital de los usuarios económicamente vulnerables y que contribuye a los objetivos estratégicos de la Unión Europea en materia de transformación digital.
Sobre esta base, la Comisión Europea ha dado luz verde al régimen español de ayudas de 30 millones de euros para apoyar bonos sociales de conectividad para la población en situación de vulnerabilidad en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La decisión se publicará próximamente en el registro de ayudas estatales de la página web de políticas de competencia de la Comisión.
Fuente: www.smartcity.es